ENSAYOS BIOTECNOLÓGICOS
Juan A. Carrero (Octubre 2012)
Buenas prácticas en los laboratorios de Biotecnología:
- Colocar la señal de riesgo biológico en los laboratorios de biotecnología.
- Comenzar cada jornada desinfectando el área de trabajo. Extender el desinfectante con un trozo de papel y deja que se seque. Repetir esta operación al terminar el trabajo.
- Evitar que trabaje una sola persona en el laboratorio, especialmente cuando se realicen operaciones de riesgo, y utilizar vitrina, siempre que sea posible.
- Revisar periódicamente la ventilación general, la instalación eléctrica y la de gases del laboratorio y mantenerlas siempre en perfectas condiciones.
- Cuando sea preciso manipular productos que puedan originar emanaciones de sustancias peligrosas u olores desagradables, hacerlo bajo campana extractora, provista de filtros adecuados y someterla a un programa de mantenimiento preventivo acorde a sus características.
- Realizar periódicamente un inventario de los reactivos para controlar sus existencias y caducidad y mantener las cantidades mínimas imprescindibles.
- No comer, beber, fumar, usar cosméticos o guardar alimentos o bebidas en el laboratorio.
- No pipetear con la boca.
- Utilizar los EPIs (Sistemas de protección individual, ejemplos: bata, gafas...) recomendados para cada tipo de trabajo.
- Etiquetar adecuadamente los productos preparados en el laboratorio (nombre del alumno, fecha y experimento) y no reutilizar los envases para otros productos. El etiquetado es crucial para evitar usos o colocaciones indebidos.
- Ser muy cuidadoso con los mecheros Bunsen. Para evitar quemaduras, apaga los mecheros cuando los uses. Cuando trabajes, ten cuidado de no colocar las manos sobre la llama.
- En caso de accidente o lesión, avisa inmediatamente al profesor responsable para que pueda realizarse una acción rápida y apropiada.
- Todo material contaminado debe ser desinfectado antes de ser eliminado o reutilizado. Todo material a autoclavar debería colocarse en un recipiente apropiado para su recolección. Se deben colocar las pipetas usadas en una solución desinfectante
- Al término de una operación, desconectar los aparatos, cerrar los servicios de agua y gas, limpiar los materiales y equipos, y recogerlos ordenadamente en los lugares destinados al efecto, así como los reactivos.
- Tras cada sesión de trabajo, hay que lavarse las manos antes de abandonar el laboratorio para mantener buenas condiciones higiénicas.
Se han confeccionado varios libros para minimizar los riesgos de los trabajadores y asegurar un mínimo de bioseguridad. Entre ellos tenemos:
-“Bioseguridad en Laboratorios de Microbiología y Biomedicina”. Editado por CDC (Centro de control y prevención de enfermedades) y el Departamento de salud y servicios humanos del Ministerio de Salud.
-“Prevención de riesgos biológicos”. Editado por el Ministerio de trabajo y asuntos sociales. En este libro, además de la mayoría de los temas anteriores se tratan los sistemas de descontaminación y primeros auxilios.
- “Manual de bioseguridad de la OMS. Tercera edición. 2005”
Existen normativas y leyes sobre bioseguridad estatales:
-Real Decreto 1369/2000, DE 19 DE JULIO, por el que se modifica el real decreto 822/1993, de 28 de mayo, que establece los principios de buenas prácticas de laboratorio y su aplicación en la realización de estudios no clínicos sobre sustancias y productos químicos (BOE núm. 173, de 20 julio; rect. BOE núm. 225, de 19 septiembre [RCL 2000, 1630 y 2106])
-Ley 15/ 1994, de 3 de junio, por la que se establece el régimen jurídico de la utilización confinada, liberación voluntaria y comercialización de organismos modificados genéticamente, a fin de prevenir los riesgos para la salud humana y para el medio ambiente. (BOE nº 133, de 04-04-1994)
-Ley 10/2002, de 29 de abril, por la que se modifica la Ley11/1986, de 20 de marzo, de Patentes, para la incorporación al derecho español de la Directiva 98/44/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de julio, relativa a la protección jurídica de las invenciones biotecnológicas (BOE nº103, de 30-04-2002)
- Directiva 2000/54/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de septiembre de 2000 (DOCE de 17 de octubre de 2000), sobre protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo.
-Real Decreto 363/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento sobre declaración de sustancias nuevas y clasificación, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas.
- Real Decreto 99/2003, de 24 de enero, por el que se modifica el anterior.
-Real Decreto 255/2003, de 28 de febrero por el que se aprueba el Reglamento sobre clasificación, envasado y etiquetado de preparados peligrosos.
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